El Perito Informático ante el depósito notarial de escrow
Artículo de D. JAVIER RUBIO ALAMILLO Perito del CPIICM .
La Ley de Propiedad Intelectual y la jurisprudencia española (STS 492/2003, de 17 de mayo), obligan, salvo pacto contractual en contrario, a la empresa desarrolladora de un sistema informático, a entregar el código fuente de dicho sistema a la empresa contratante, al objeto de que ésta pueda modificar el programa para corregir errores, para evolucionarlo, o para hacerlo interoperable con otros sistemas.