Sentencia del Tribunal del Supremo sobre las listas de peritos de los Colegios
El Tribunal Supremo confirma la preferencia de las listas de los peritos de los Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria para valorar bienes inmuebles que se facilitan a los tribunales españoles en contra de otras de carácter privado. Es la tercera sentencia del Alto Tribunal en este sentido, lo que refuerza esta doctrina jurisprudencial.
Esta jurisprudencia viene a respaldar una de las principales funciones que desempeñan los colegios en la sociedad y su colaboración con la Justicia, ya que gracias a estas listas, los jueces y tribunales tienen a su disposición un soporte que facilite la práctica de un medio de prueba objetivo para resolver los asuntos que dirimen.
El posicionamiento del Tribunal Supremo es contundente al avalar el servicio que prestan a la Justicia los colegios profesionales: “La preferencia concedida a las lisas remitidas por los colegios profesionales resulta razonable y justificada, atendidos el concreto y específico ámbito para el que establece la diferenciación: facilitación instrumental de medios para el ejercicio por los órganos jurisdiccionales de su propia función, en cuya actuación instrumental la diferente posición de un Colegio Oficial y de una asociación profesional es un elemento de diferenciación basado en un dato objetivo”.